
- 1 Nuevos límites de velocidad
- 2 Velocidad máxima y mínima permitida según el tipo de vehículo
- 2.1 Coches y motocicletas:
- 2.2 Vehículos mixtos, autobuses y derivados de turismo:
- 2.3 Furgones, camiones y vehículos articulados:
- 2.4 Vehículos con remolque de más de 750 kg:
- 2.5 Ciclomotores:
- 2.6 Vehículos Agrícolas:
- 3 Sanciones por exceso de velocidad
En el año 2018 se modificó el artículo 48 del Reglamento General de Circulación y fue incluido en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Tras esta modificación, entraron en vigor nuevos límites de velocidad para circular. Pero, ¿cuáles son las nuevas velocidades máximas y mínimas?
Es importante conocer tanto la velocidad máxima genérica como la velocidad mínima para evitar multas y, en el peor de los casos, accidentes durante la conducción. Por ello, vamos a explicarle los cambios en los límites de velocidad, los vehículos afectados y si hay nuevas multas. ¡No se lo pierda!
Nuevos límites de velocidad
La mayor novedad que supuso la nueva normativa del Reglamento de Circulación en 2018 fue el nuevo límite de velocidad para circular por carreteras convencionales. Pasó a ser de 90 km/h para turismos y motos, y de 80 km/h para vehículos más pesados, como camiones, autocaravanas o furgonetas.
Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) confirmó que los turismos y las motos eran una excepción, ya que pueden circular hasta a 109 km/h siempre que sea para adelantar a otro vehículo que circule a una velocidad por debajo de los 90 km/h.
No obstante, esta medida no es aplicable a cualquier carretera española, pues en aquellas donde haya una separación física de ambos sentidos el límite máximo será de 100 km/h para motos, turismos y autocaravanas con MMA inferior o igual a los 3.500 kg.
A continuación, le mostramos con todo lujo de detalles cuáles son los nuevos límites de velocidad tanto en vías urbanas como interurbanas según el tipo de vehículo que conduzcamos. Además, conviene también saber también cuál es la multa y la detracción de puntos por exceso de velocidad.
Velocidad máxima y mínima permitida según el tipo de vehículo
Coches y motocicletas:

- La velocidad máxima en autovías y autopistas es de 120 km/h, y la velocidad mínima de 60 km/h.
- La velocidad máxima en carretera convencional es de 90km/h, y la mínima es de 45 km/h o 50 km/h según la zona.
- La velocidad máxima para vías urbanas será de 50 km/h, mientras que la mínima es de 25 km/h.
Vehículos mixtos, autobuses y derivados de turismo:
- ¿Cuál es la velocidad mínima en autopista y autovía? Concretamente, 60 km/h, y la máxima, 100 km/h.
- La velocidad máxima para carreteras convencionales es de 90km/h, y la mínima es de 45 o 50 km/h según las características de la calzada.
- La velocidad mínima en vías urbanas es de 25 km/h, y la velocidad máxima de 50 km/h.
Furgones, camiones y vehículos articulados:
- La velocidad mínima en autopista es de 60 km/h, mientras que la máxima es de 90 km/h.
- La velocidad mínima en carretera convencional es de 35 o 40 km/h, dependiendo del estado de la vía, y la máxima de 80km/h.
- La velocidad mínima para vías urbanas es de 25 km/h, y la velocidad máxima 50 km/h.
Vehículos con remolque de más de 750 kg:
- La velocidad mínima autovía y autopista es de 60 km/h, en cambio, la máxima es de 80 km/h.
- En cuanto a la velocidad máxima por carreteras convencionales, será de 80 km/h, mientras que la mínima es de 35 o 40 km/h según la zona.
- Por vías urbanas, la velocidad mínima es de 25 km/h y la máxima de 50 km/h.
Ciclomotores:

- Tienen prohibido circular por autovía y autopista.
- La velocidad máxima permitida para ciclomotores en una carretera convencionales es de 45 km/h.
- En vías urbanas, la velocidad máxima es de 45 km/h.
- No tienen velocidad mínima permitida.
Vehículos Agrícolas:
- Este tipo de vehículos especiales tampoco puede circular por autovía ni autopista.
- En carreteras convencionales no tienen velocidad mínima permitida, pero no pueden superar los 25 Km/h.
- En vías urbanas tampoco tienen velocidad mínima establecida, pero como en el caso anterior, la velocidad máxima es de 25 Km/h.
Sanciones por exceso de velocidad
Estos nuevos límites en las velocidades aplicados a carreteras convencionales, autovías, autopistas, etcétera, han supuesto un ligero endurecimiento de las sanciones, económicas o de puntos del carnet. Tenga en cuenta que este tipo de infracciones pueden suponer ir a prisión, según su gravedad.
Por ejemplo, en la actualidad, circular por una carretera convencional superando los 91 km/h supondrá una multa de 100 euros. Además, la pérdida de puntos debido a este tipo de infracciones hará bajar el límite de velocidad a los afectados de 131 km/h a 121 km/h.
El principal objetivo de la Dirección General de Tráfico con los nuevos límites de velocidad es reducir los accidentes de tráfico en las carreteras. El cambio en el Reglamento General de Circulación se ha centrado en las carreteras convencionales secundarias, donde acontecen casi mil muertes cada año.
Siempre deben respetarse los límites de velocidad, tanto por vías urbana como interurbanas. Un turismo por una autovía, ¿a qué velocidad máxima puede circular? Esta es una pregunta de autoescuela y conocemos la respuesta, pero, ¿a qué velocidad se puede conducir por una autopista dentro de poblado?
Esta y otras dudas pueden surgir durante la conducción, por lo tanto, la mejor manera de conocer la velocidad adecuada de circulación en todo momento es obedecer a las señales de tráfico. Estas nos indican qué velocidad máxima podemos alcanzar en cualquier tipo de vía.
España es uno de los 15 países europeos donde la velocidad máxima permitida para carreteras convencionales es de 90km/h y no de 100 km/h, como en Irlanda, Polonia, Alemania, Austria y Rumanía. Por favor, respete los nuevos límites máximos y mínimos para las carreteras españolas.
Por último, en una vía sin pavimentar, ¿a qué velocidad máxima puede circular un turismo? Además de las limitaciones que le hemos mostrado, existen otras muy importantes, como la velocidad máxima en vías urbanas de un solo carril por sentido y las vías sin pavimentar, que será de solo 30 km/h. Como puede ver, tras los cambios realizados, puede llegar a ser complicado recordar todos detalles. Por suerte, gracias a estas información sabrá a qué velocidad tiene que circular siempre, según el vehículo que conduzca y por la vía que lo haga.
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