Cuál es la multa y la detracción de puntos por exceso de velocidad

Cuál es la multa y la detracción de puntos por exceso de velocidad

Las carreteras españolas suelen estar siempre bastante transitadas, sobre todo en verano debido a los desplazamientos vacacionales de miles de familias. Sea cual sea el motivo por el que viaja, la DGT nos recuerda que nos enfrentaremos a graves multas por exceso de velocidad si nos sorprende un radar.

El año pasado, es decir, en 2021, se registraron 921 accidente de tráfico con víctimas mortales en las carreteras españolas, los cuales dejaron la friolera cifra de 1.004 fallecidos. Un dato curioso es que, en todos estos siniestros, la velocidad acabó siendo una de las causas determinantes.

Además de las multas, también se pierden una serie de puntos del carnet de conducir. Las multas por velocidad suponen una sanción económica desde los 100 hasta 600 euros, así como la pérdida de 2, 4 o 6 puntos. ¡Descubra todos los detalles a continuación!

Multas de tráfico por exceso de velocidad

¿Cuánto es una multa por exceso de velocidad? Aunque no es tan grave como conducir sin carnet, debe tener en cuenta que si supera en 60 km/h el límite urbano o en 80 km/h el interurbano, será considerado como un delito. Estas son las multas según velocidad circulando por vías públicas:

  • Multas velocidad con límite de 20 km/h: según la nueva Ley de Tráfico, todas las carreteras dentro del casco urbano que estén al mismo nivel que las aceras tiene un límite de 20km/h. Si se excede esta velocidad en menos de 20 km/h, la multa será de 100 euros y no habrá retirada de puntos. Si supera los 41 km/h la multa ascenderá hasta 300 euros y dos puntos menos en el carnet. De 51 a 60 km/h se retirarán 4 puntos y la multa será de 400 euros. De 61 a 70 km/h, 6 puntos menos y 500 euros de multa, y a partir de 71 km/h la infracción será considerada grave y la sanción será de 6 puntos y 600 euros.
  • Límite de 30 km/h: si excedemos esta velocidad en un casco urbano por menos de 20 km/h la multa será de 100 euros y no se retirarán puntos. A partir de 51 km/h supondrá la retirada de dos puntos del carnet y 300 euros de multa. De 61 a 70 km/h, 400 euros y 4 puntos menos. De 71 a 80 km/h, 6 puntos menos y 500 euros. A partir de 81 km/h la sanción será de 600 euros y 6 puntos del carnet.
  • Límite de 40 km/h: al exceder esta velocidad por menos de 20 km/h, la multa ascenderá a 100 euros y no le retirarán puntos. Si la sobrepasa en 61 km/h o más, le quitarán dos puntos y la multa será de 300 euros. De 71 a 80 km/h, 400 euros de multa y 4 puntos menos. De 81 a 90 km/h, 6 puntos del carnet y 500 euros. Por último, si supera los 91 km/h la infracción será más grave y la sanción ascenderá a 600 euros y 6 puntos menos.
  • Límite de 50 km/h: si excede esta velocidad por menos de 20 km/h, la multa consistirá en 100 euros y no habrá retirada de puntos por velocidad. A partir de los 71 km/h la cuantía de la multa será de 300 euros y dos puntos menos. De 81 a 90 km/h, 4 puntos menos y multa de 400 euros. De 91 a 100 km/h, 500 euros de multa y 6 puntos, y a partir de los 101 km/h la sanción será de 600 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.
  • Límite de 60 km/h: exceder este límite de velocidad por menos de 30 km/h supondrá una multa de 100 euros, pero no le retirarán puntos por velocidad. A partir de los 91 km/h la multa ascenderá a 300 euros y dos puntos menos. De 111 a 120 km/h, retirada de 4 puntos del carnet y 400 euros. De 121 a 130 km/h, 500 euros de multa y 6 puntos menos. A partir de los 131 km/h la sanción ascenderá a 600 euros y la retirada de 6 puntos.
  • Límite de velocidad de 70 km/h: si excede esta velocidad en menos de 30 km/h, como en los casos anteriores, la multa será de 100 euros y no habrá pérdida de puntos por velocidad. Al superar los 101 km/h la multa será de 300 euros y dos puntos del carnet. De 121 a 130 km/h, 400 euros de multa y 4 puntos menos. De 131 a 140 km/h, 6 puntos del carnet y 500 euros de multa. Y a partir de los 141 km/h la infracción supondrá una multa de 600 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.
  • Límite de 80 km/h: al exceder esta velocidad en menos de 30 km/h no habrá retirada de puntos, pero la multa será de 100 euros. A partir de 111 km/h la multa será de 300 euros y dos puntos menos en el carnet. De 131 a 140 km/h, 400 euros de multa y 4 puntos. De 141 a 150 km/h supondrá 6 puntos menos y 500 euros. A partir de 151 km/h la infracción se sancionará con la retirada de 6 puntos del carnet y 600 euros de multa.
  • Límite de 90 km/h: exceder esta velocidad en menos de 30 km/h supondrá una multa de 100 euros sin retirada de puntos. Sin embargo, a partir de los 121 km/h le retirarán dos puntos de su carnet de conducir y le sancionarán con 300 euros de multa. De 141 a 150 km/h, serán 400 euros de multa y 4 puntos menos. De 151 a 160 km/h, 500 euros de multa y la retirada de 6 puntos, y a partir de 161 km/h la sanción ascenderá a 600 euros y 6 puntos menos.
  • Límite de velocidad de 100 km/h: sobrepasar esta velocidad en menos de 30 km/h conllevará una multa de 100 euros sin retirada de puntos. A partir de 131 km/h le retirarán dos puntos del carnet de conducir y la multa será de 300 euros. De 151 a 160 km/h, 400 euros de multa y 4 puntos menos. De 161 a 170 km/h, la retirada será de 6 puntos y la multa ascenderá a 500 euros. Y a partir de los 171 km/h la sanción será más grave y la retirada será de 6 puntos también, pero la multa ascenderá a los 600 euros.
  • Límite de 110 km/h: si excede este límite por menos de 30 km/h la multa será de 100 euros y no le retirarán puntos del carnet. A partir de 141 km/h serán 300 euros de multa y dos puntos menos. De 161 a 170 km/h perderá 4 puntos de su carnet de conducir y 400 euros de multa. De 171 a 180 km/h supondrá 6 puntos menos y 500 euros, y a partir de 181 km/h se enfrentará a una sanción de 6 puntos menos y una multa de 600 euros.
  • Límite de velocidad de 120 km/h: por último, sobrepasar esta velocidad por menos de 30 km/h conllevará una multa de 100 euros y ningún punto del carnet. En cambio, a partir de los 151 km/h la multa será de 300 euros y dos puntos menos. De 171 a 180 km/h, 400 euros de multa y 4 puntos menos. De 181 a 190 km/h supondrá una multa de 500 euros y 6 puntos menos, y a partir de 191 km/h se enfrentará a una sanción de 600 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.

El mayor castigo, como hemos visto, supone la retirada de 6 puntos del carné de conducir y una multa de 600 euros. La regla general aplicada para proceder con esta sanción es superar en 50 km/h el límite máximo establecido en zona urbana y en 70 km/h en una zona interurbana. Para que sea considerado un delito contra la Seguridad Vial, debe superar el límite de velocidad en vías urbanas en más de 60 km/h y en vías interurbanas en más de 80 km/h. Superar los límites de velocidad mencionados, podría implicar la retirada del carnet y penas incluso de cárcel.

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