El seguro de circulación es obligatorio en España. En caso de que nos veamos implicados en un accidente de circulación, el seguro proporciona una cobertura mínima, a la vez que sirve para cumplir con la responsabilidad civil obligatoria sobre posibles daños y lesiones causadas a terceros.
Sin embargo, hay algunos conductores que deciden conducir sin seguro. Esto es una irresponsabilidad, tanto para ellos mismos como para los demás conductores. Si estos conductores sufrieran un accidente en carretera, ¿quién se haría responsable de los daños ocasionados?
Aparte de ser un acto irresponsable, la sanción por circular sin seguro puede llegar a ser bastante cuantiosa. Por lo tanto, es una situación que cualquier conductor consciente y responsable debería evitar. ¡Vamos a analizar todos los detalles sobre este tema!
¿Cuál es la multa por ir sin seguro?
Primero, debemos saber que si circulamos sin seguro y somos responsables de un accidente, el propietario del vehículo tendría que asumir los gastos por los daños personales y materiales ocasionados. Conducir sin seguro es delito, por lo que supone unas consecuencias penales.
En el artículo 3 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor se establece que omitir la obligación de contratar un seguro para el coche acarrea multas que van desde los 601 a los 3.005€.
La cuantía exacta depende de distintos factores, como la categoría del vehículo, si se encontraba o no en circulación, la gravedad de los daños ocasionados, el periodo de tiempo durante el cual se ha circulado sin el seguro y si se ha cometido esta infracción en reiteradas veces.
Un coche no asegurado puede ser multado independientemente de que esté en circulación o se encuentre parado, incluyendo incluso si está aparcado en una propiedad privada apartada de la vía pública. Solo existe la excepción de que la baja del vehículo haya sido tramitada en la DGT.
Si hemos recibido una multa por ir sin seguro, el plazo del pago rápido con una reducción del 50% del importe total de la multa es de 20 días naturales después de que se notifique la sanción. Pasado este periodo de pronto pago, la Agencia Tributaria será la encargada de informar cómo realizar el pago.
El pago se puede realizar por medios electrónicos entrando a la sede de la DGT o llamando por teléfono al número 060. Los métodos de pago permitidos son la tarjeta de crédito o de débito. También podemos personarnos en una oficina de Correos, en la Jefatura de Tráfico o bancos como Caixabank.
Si la notificación la realizan los agentes en carretera, también existe la posibilidad de realizar el pago en ese preciso instante. En estos casos es posible pagar la multa por no llevar seguro con una tarjeta de crédito o de débito.
Aparte de las sanciones económicas mencionadas, como veremos a continuación, también hay otras consecuencias de conducir sin seguro o conducir un coche sin un seguro a tu nombre. Por ejemplo, tener que asumir costes de la grúa si hay que retirar el vehículo. Vamos a verlas a continuación…
Más consecuencias de conducir sin seguro
Lo creas o no, la cifra de conductores que circulan sin seguro en España supera los 2 millones y medio de conductores. Esta es una cifra muy importante, a la vez que preocupante. Al fin y al cabo, ser un conductor sin seguro no solo puede acarrearnos multas:
- Ir sin seguro implica no contar con ayuda en carretera. Si nos vemos involucrados en un accidente, el hecho de conducir sin seguro nos convierte en culpables del accidente, aunque tú no seas la persona directamente responsable.
- Coche inmovilizado o en depósito. Hay multitud de problemas penales y otros gastos en caso de vernos implicados en un accidente. Aparte de eso, también es posible que nos puedan requisar el vehículo y dejarlo en depósito. Si se ha propuesto la retirada de nuestro vehículo por conducir sin seguro, tenemos un plazo de 5 días para presentar pruebas de que ya hemos solucionado el problema ante la autoridad correspondiente, esto es, que hemos contratado un seguro para el vehículo en cuestión. La sanción de poner en depósito el vehículo implica la retirada del vehículo al conductor durante un mes, tres meses si somos reincidentes e incluso un año si después de la sanción de su retirada no hemos demostrado que el vehículo ha sido asegurado. Los gastos que acarree esta situación de retirada y depósito del vehículo también corren a cargo del propietario del coche y deberán ser abonados como requisito para recuperar el vehículo. Sin duda, esta es una situación bastante indeseable, por lo que será mejor darle solución antes de llegar a ella.
- Defensa jurídica. Si el accidente deriva en proceso judicial, tendrás que hacerte cargo de los gastos de los abogados y procuradores, con la excepción de tus ingresos que pueden suponer, según lo indicado en la Ley 1/1996 del 10 de enero sobre la asistencia jurídica gratuita. Por el contrario, si tienes contratado un seguro, este se haría cargo de tu defensa y de los honorarios de los profesionales implicados en el proceso.
- Historial como conductor. Si nos hemos visto en un problema por ir sin seguro, esto podría acarrear que luego las compañías aseguradoras no quieran asegurarnos, sobre todo si te has visto implicado en un accidente. La referencia que tienen las compañías aseguradoras para prestarte sus servicios son tu historial de siniestros. Por esto, una mancha en tu historial puede suponer que las aseguradoras no quieran asegurarte o que la cuantía por contratar sus servicios sea increíblemente elevada.
- Problemas para superar la ITV. Lógicamente, para poder pasar la Inspección Técnica de Vehículos será necesario contar con el seguro del coche, en caso contrario, no podríamos ni siquiera conducir legalmente hasta el sitio en el que se realizan las pruebas.
Ahora que somos bien conscientes de la situación, está claro que conviene contar con un buen seguro de circulación para evitar estos problemas. Al fin y al cabo, nunca sabemos cuándo podemos necesitar ayuda en carretera, no solo por accidentes, sino por otros contratiempos. Así pues, ¡conduce seguro!
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